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10.Sep.2013 / 02:43 pm / Haga un comentario

PoliCarabobo capacita a 60 funcionarios  en redacción de actas policiales

Como parte de la preparación continua e integral que reciben los funcionarios y las funcionarias de la Policía de Carabobo, en el marco de las políticas de seguridad ciudadana impulsadas por el gobernador bolivariano Francisco Ameliach Orta, 60 oficiales de este organismo, asistieron al I taller de redacción de actas policiales, bajo la inducción de representantes de la Defensoría Pública.

La Dirección General de PoliCarabobo, a cargo del licenciado Carlos Alcántara, ha promovido diferentes actividades de capacitación para complementar la formación de los hombres y mujeres de azul, quienes día a día se enfrentan a situaciones riesgosas en la calle para garantizar la tranquilidad de la población carabobeña.

En esta oportunidad, la Oficina de Atención a la Víctima de Abuso Policial, con el apoyo de la Dirección general de la Policía de Carabobo, organizó una jornada formativa, supervisada por la Coordinadora Regional de la Defensoría Pública del estado Carabobo, abogada Reina Leal Herrera, dirigida a difundir las reformas del Código Orgánico Procesal Penal.

Así lo informó Carlos Alcántara, quien detalló que, el taller incluye las modificaciones y divulgación  de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses; innovaciones que repercuten en el levantamiento de actas por parte de los funcionarios policiales.

Reforzar conocimientos

Según precisó el comandante de la PC, “el objetivo, es reforzar los conocimientos de los oficiales en cuanto a cómo redactar un acta policial y así evitar que los procedimientos sean rechazados por el Ministerio Público por falta de información dentro del acta correspondiente a esa actuación”.

Sobre el particular, Alcántara, indicó que, “por esta razón, el primer grupo de uniformados está recibiendo adiestramiento en esta área, que muchas veces presenta fallas más de forma que de fondo, porque quizás ejecutan un procedimiento de relevancia para la comunidad pero por no firmar el acta policial, la actuación no procede ante las instancias correspondientes de aplicar el debido proceso”.

Explicó que la redacción de actas trae consigo consecuencias jurídicas importantes, por ello es necesario incluir  los requisitos exigidos en la ley, tales como año, mes, día, hora, identificación de la víctima y testigos; sitio del suceso, descripción de las evidencias y nombre de los efectivos actuantes, entre otros,  para que tenga validez y pueda surtir los efectos jurídicos deseados.

El jefe de PoliCarabobo puntualizó que, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional en el año 2009, “la función policial busca adecuarse a un paradigma de acción social, apegado al respeto de los derechos humanos, próximo a las comunidades y sobre todo dirigido a, alcanzar la profesionalización y humanización del agente policial”.

 

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